Sociedad colectiva
Una sociedad colectiva, es uno de los posibles tipos de sociedad mercantil. No obstante, es interesante conocer sus características, además de sus ventajas e inconvenientes, para saber si puede ser la figura societaria que más se corresponda a las necesidades de los fundadores de la empresa. Nace en la Edad Media como forma evolutiva de las comunidades hereditarias familiares.
Surge, por tanto, como comunidad de trabajo entre personas ligadas por vínculos de sangre, aunque, posteriormente, pasa a admitir a personas extrañas al círculo familiar con las que se mantiene una relación de confianza. La sociedad colectiva es una de las formas societarias más antigua. C, es el tipo de sociedad más sencillo, dinámico y fácil de manejar existente actualmente.
Posee una serie de ventajas gracias a su versatilidad que ninguna otra sociedad alcanza, dando una gran libertad a los socios para organizarse como quieran. Empresa sociedad colectiva Son empresas dedicadas a realizar actividades civiles o mercantiles, bajo una razón social igualitaria.
Una de sus características es que para su creación es necesaria la presencia de dos o más socios, que tendrán la responsabilidad de cumplir con todas las deudas que no pudieran cubrirse con el capital social. Legislación: – Código de Comercio. Capital social: No existe mínimo legal. Las aportaciones de los socios pueden ser económicas o pueden ser en forma de trabajo.
Número mínimo de socios: Dos. Suelen ser sociedades colectivas los despachos de abogados, arquitectos, economistas o empresas familiares. Notas características: sociedad personalista.
La representación legal de la sociedad colectiva. Es poseedora de personalidad jurídica, actúa en nombre colectivo y bajo una razón social en la cual dos o más socios asumen responsabilidad subsidiaria, ilimitada y solidaria por las obligaciones de la sociedad. El Derecho es Nuestra Pasión.
CARACTERÍSTICAS El Art. Código de Comercio, regula a esta clase de sociedades cuya característica de la sociedad colectiva que todos los socios responden de las obligaciones sociales en forma solidaria e. La administración y representación de la sociedad colectiva le concierne a todos y cada uno de los socios que la integran en razón de que tienen responsabilida ilimitada, solidaria y subsidiaria. Por la disminución del número de sus miembros a menos de 10.
Porque llegue a consumarse el objeto de la sociedad. Sociedad colectiva 1. En ella los socios se comprometen a trabajar en la empresa y son ellos los que aportan el dinero y llevan la gestión de la misma, por lo que comparten los derechos y obligaciones. Aunque las ventajas y desventajas son las mismas que con una sociedad individual, existe otra desventaja adicional importante.
Las sociedades colectivas son básicamente idénticas a las sociedades individuales, excepto que existen dos o más dueños compartiendo las recompensas y los riesgos. SOCIEDAD COLECTIVA ORIGEN Y EVOLUCION DE LA SOCIEDAD COLECTIVA. A pesar de esto, como son muy fáciles de constituirlas, en casos de emergencias se recurre a su creación.
Como hemos visto, la personalidad de cada uno de los socios es crucial para la empresa, ya que estos no solo aportan capital. Esta responsabilidad es subsidiaria, ilimitada y solidaria.
En el contrato no se podría estipular que los socios o un socio no asuma responsabilidad por deudas sociales o que ha de responder subsidiariamente respecto a otros socios o que ha de responder hasta una determinada cantidad. Es una modalidad en la cual, todos los socios que formen la compañía colectiva, sean o no gestores de la misma, estarán obligados personal y solidariamente, con todos sus bienes, a las resultas de las operaciones que se hagan a nombre y por cuenta de la compañía, bajo la firma de ésta y por persona autorizada para usarla.
Es un tipo social de naturaleza mercantil, donde se recalca la responsabilidad de los socios por las obligaciones que la sociedad contraiga.
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