Jubilación por contrato relevo

Jubilación por relevo : perfil del jubilado Para los trabajadores que quieran jubilarse parcialmente a través de un contrato por relevo que asume otra persona, la legislación exige una serie de requisitos que deben cumplirse para poder acceder a este tipo de retiro laboral. Jubilación parcial con contrato de relevo : Siempre que con carácter simultáneo se celebre un contrato de relevo en los términos previstos en el artículo 12. A tenor del último párrafo del artículo 12.


Ante esta situación, la empresa podría contratar indefinidamente a ese nuevo trabajador, o despedirle con su correspondiente indemnización. Estatuto de los Trabajadores, el contrato de relevo se extinguirá al producirse la jubilación total del trabajador.


Requisitos de la jubilación parcial con contrato de relevo. En éste último caso, los requisitos de jubilación parcial con contrato de relevo son los siguientes: Es necesario haber cotizado años a la Seguridad Social (años en el caso de una discapacidad). La edad mínima: Si tienen la condición de «mutualistas», años.


La jubilación parcial es un derecho en nuestro país regulado por ley. Aquí, además, es donde se exponen tanto los requisitos como las condiciones del jubilado y el trabajador relevista, pues son diferentes en cada caso. Contrato de relevo : no se exige. Aplicación del contrato de relevo.


Un contrato de relevo no se producirá nunca si un trabajador no se acoge a un régimen de jubilación parcial, por lo que es importante conocer algunos detalles al respecto. La jornada del trabajador relevista deberá ser, como mínimo, la misma que la reducción de la jornada en la jubilación parcial, que deberá oscilar entre el 25% y el 50%, o del 75% si el contrato de relevo es a jornada completa.


Para solicitar una jubilación parcial, no basta con estar próximo a la edad de jubilación, sino que el trabajador solicitante debe reunir una serie de requisitos para que la empresa pueda concederle el nuevo régimen. Pensión de Jubilación Parcial.


Cuando todo el período de jubilación parcial se ha simultaneado todo el periodo con un contrato de relevo y por lo tanto, corresponde aplicar el beneficio del incremento a las bases de cotización, la base reguladora se calculará referida a la fecha del hecho causante real de la jubilación ordinaria, computándose las bases de cotización reales con el consiguiente incremento. La duración del contrato de relevo que se celebre como consecuencia de una jubilación parcial tendrá que ser indefinida o, como mínimo, igual al tiempo que falte al trabajador sustituido para alcanzar la edad de jubilación.


El contrato de relevista se extinguirá al cumplir el trabajador sustituido la edad para jubilarse. El trabajador sustituto se denomina relevista, y el sustituido, relevado. Un contrato de relevo es aquel que se realiza con el objetivo de sustituir a un trabajador que accede a una jubilación parcial dentro de una empresa.


Asimismo, se considerará jubilación parcial la que es solicitada después de los años y antes de los 6 y que se compatibiliza con el ejercicio del trabajo a tiempo parcial, relacionándose a la existencia de un contrato de relevo. No obstante, no en toda jubilación parcial tiene que existir un contrato de relevo. Las dos modalidades de jubilación parcial 1. Sin contrato de relevo.


Jubilación por contrato relevo

Jubilación anticipada con contrato de relevo A mi padre le han propuesto jubilarse mediante un contrato de relevo puesto que ha ya tiene más de años. Me podría indicar en que consiste que tramites tendría que hacer mi padre y que papeleo le tiene que entregar la empresa para poderlo realizar.


Para acceder a la jubilación parcial con contrato de relevo es necesario acreditar al menos años de cotizaciones y por lo menos años de antigüedad en la empresa. En el supuesto en que el contrato de relevo se concierte para sustituir a los trabajadores que se jubilen parcialmente después de haber cumplido la edad de jubilación ordinaria, el contrato de relevo deberá alcanzar al menos una duración igual al resultado de sumar dos años al tiempo que le falte al trabajador sustituido para alcanzar la edad de jubilación ordinaria.


El contrato relevo se encuentra regulado por el Estatuto de los trabajadores en sus artículos 12. Se trata de una modalidad de jubilación que permite compaginar el cobro de una pensión pública de jubilación con el trabajo. Aquellos trabajadores que han cumplido al menos los años (esta cifra va en aumento cada año y varía también en función del tiempo cotizado) pueden pasar a una situación en la que compaginan un contrato a tiempo parcial con el cobro de la pensión de jubilación.


Jubilación por contrato relevo

Hay que mencionar que la duración que tiene un contrato de relevo que viene por una situación de jubilación parcial de algún trabajador debe tener un tiempo indefinido en su duración legal. O por el contrario, debe durar un periodo como mínimo similar al tiempo que falte al otro trabajador que se está sustituyendo para alcanzar una edad de años aproximadamente.


Jubilación especial a los años Modalidad de jubilación que, como medida de fomento del empleo, rebaja la edad mínima de jubilación exigida de años a años, sin la aplicación de coeficientes reductores por eda permitiendo al trabajador por cuenta ajena acceder a la pensión de jubilación con los mismos derechos económicos que si tuviera años cumplidos. Esta forma de jubilación parcial no requiere de un contrato de relevo, aunque la empresa podrá realizarlo si lo estima conveniente.


Además, tampoco es necesario que el trabajador esté trabajando a jornada completa, sino que puede tener un contrato a tiempo parcial. Para que el trabajador pueda acceder a esa jubilación parcial, y por consiguiente dar lugar a un contrato de relevo, se deberán cumplir los términos exigidos en el artículo 166.


Ley General de Seguridad Social, es decir, se deberá acordar con la empresa una reducción de jornada y también de salario de un 25% como mínimo y un máximo del 50%. Es por eso que el Gobierno se ha propuesto dosificar el uso de estas jubilaciones parciales con contrato de relevo y, de momento, solo ha pactado facilitarlas en el sector industrial, sobre todo pensando en la industria del automóvil.


Los contratos de relevo que se transforman en indefinidos con una jornada igual o superior a la del contrato de relevo tendrá derecho a una bonificación de 5€ al año para hombres y 7€ para mujeres durante un período de años. Los convenios colectivos podrán establecer medidas para impulsar la celebración de contratos de relevo.

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