Cobrar un pagare vencido
Buenos días tengo un pagare vencido la fecha de cobro era de febrero del año en curso, no se encontró a la persona, mi pregunta es si puedo demandar, y el pagaré fue llenado por el deudor, casi en su totalida lo único de mi puño y letra es mi nombre de acreedores, hay algún problema x que el pagaré tenga dos tipos de letra? Tenemos cobertura en la ciudad de México, CDMX, estado de México municipios de Naucalpan, Tlalnepantla de Baz, Atizapán de Zaragoza, Cuautitlán México, Cuautitlán Izcalli, Tepotzotlán, Tultitlan, Ecatepec de Morelos, Coacalco, Nicolás romero.
Lo primero que debes hacer para cobrar tu pagaré en caso de vencimiento y negativa de pago, es que tienes que iniciar un Juicio Ejecutivo Mercantil, ya que al interponer la demanda, será cuando el Juez le de entrada a la misma, y se ordenara el emplazamiento, es decir, en la primer notificación que se le hace al demandado, y en el momento de esa diligencia debe realizar el pago, si no lo. Cómo cobrar un pagaré por la vía judicial?
Los títulos de crédito son documentos a través de los cuales se otorga a una persona el derecho a cobrar el valor en ellos expresado. Es decir, en la práctica está sucendiendo que los prestadores y deudores al llenar el pagarñe omiten llenar todos los datos necesarios correspondientes a la fecha de vencimiento del pagaré, entonces ante la circunstancia del desconocimiento de cuál es la fecha exacta en que se tiene por vencido un pagaré, debería tomarse en cuenta el día en que se suscribió el pagaré.
Un pagaré sin fecha de vencimiento se considera pagadero a la vista cuando se presenta al cobro. De esta forma, la ley no deja sin cobertura jurídica al beneficiario del pagaré, porque no indicar el plazo de vencimiento por parte del emisor, representa una protección que permite al beneficiario del pagaré hacer de forma efectiva su cobro. Cheques y pagarés son documentos de pago que están regulados por la Ley Cambiaria en todo lo relativo a su emisión, cobro, transmisión, etc.
La misma ley establece los criterios para su plazo para el cobro y la prescripción de las acciones que ellos representan. Existe una modalidad que permite cobrar el pagaré antes de la fecha pactada y contar con liquidez, de manera que la empresa reciba el dinero antes y pueda utilizarlo para sus pagos, inversiones, etc. Estamos hablando de una opción en la que la empresa contrata a una entidad financiera que le adelante el dinero de un pagaré a cambio de una comisión.
MARCELA LOPEZ ¿cuantos pagares firmaste y por cuanto es el total? Cobro de pagarés vencidos. Que debo hacer para poder cobrar un pagaré vencido. Me dicen que hay personas que pueden comprarme el pagaré, ¿Es conveniente venderlo?
Como puedo proceder legalmente para hacer que me pague? De antemano gracias por su.
Buenas tardes Gabriela, el pagare debe cumplir todos los requisitos de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, artículo 17 como lo son: I. El nombre de la persona a quien ha de hacerse el. Existen compañías (y también bancos) que se dedican a cobrar pagarés, asumiendo la tarea de saldar la deuda pendiente. Lo primero que hacen es estudiar el caso para asegurarse que el deudor podrá pagar, y si la compañía finalmente aceptan el pagaré, éste deberá estar vigente.
No aceptarán pagarés vencidos o caducados. En el siguiente artículo te indicaremos cómo cobrar un pagaré, primero por la vía prejudicial y luego por la judicial, en un juicio ejecutivo de embargo de bienes. También puedes leer acerca de los requisitos para cobrar un pagaré. El pagaré, a diferencia del cheque, no es pagadero a la vista, es decir, no lo podemos cobrar en cuanto nos lo den, si no que hay que esperar a su vencimiento.
En el pagaré hay que indicar su fecha de vencimiento, es decir, cuándo queremos que se cobre el pagaré. El pagare es un titulo de crédito de carácter ejecutivo (es decir, que lleva "aparejado" el embargo) y su vigencia por esta via es de tres años a partir de la fecha de su vencimiento. Luego se puede cobrar por la via ordinaria y tiene otros años de vigencia y ahí el embargo se podría dar solamente hasta el final del juicio.
Un pagaré es un documento contable que contiene la promesa incondicional de una persona denominada suscriptora o deudor, de que pagará a una segunda persona llamada beneficiario o acreedor, una suma determinada de dinero en un determinado plazo de tiempo. A la vista: Vence en el momento de la presentación del documento para su cobro, que debe ser dentro del año desde su emisión.
El pagaré es un documento emitido por una persona que contrae una obligación de pago, por el cual se compromete a abonar el mismo al acreedor en un determinado plazo de tiempo. Un pagaré para ejercitar la acción cambiaria directa, prescribe en tres años, contados a partir del día siguiente al vencimiento del documento base de la acción, tiene aplicación la siguiente Jurisprudencia: Novena Época.
Instancia: Primera Sala. Más no es así, un título valor sin fecha de vencimiento, vence UNICAMENTE cuando es “…presentado para el pago…” al deudor, presentación esta, que como dispone el Artículo 6del C. Abogados del Maule es especialista en cobranzas de titulos de créditos vencidos, cobranza judicial, protesto de cheque, pagaré, cobro de facturas, servicios a empresas, universidades, institutos y multitiendas.
El cobro se realiza por dos medios: Prejudicial y Judicial.
Comentarios
Publicar un comentario